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Argentina reordena reglas para plataformas de criptomonedas desde noviembre

  • La CNV publicó la Resolución General 1172/2026, que reordena el nuevo régimen de los proveedores de activos virtuales en Argentina.
  • Desde el 1 de noviembre, las plataformas deberán reportar cada mes clientes, volúmenes, activos más negociados y saldos bajo custodia.
  • Según la CNV, los cambios regulatorios no modifican sustancialmente la operatoria diaria de quienes compran y venden criptomonedas en Argentina.
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La Comisión Nacional de Valores de Argentina publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 1172/2026, que actualiza el régimen de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

La medida reordena las reglas para las plataformas de criptomonedas y añade un reporte mensual que empieza a regir en noviembre.

¿Qué cambia en el régimen de los PSAV?

Los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales son empresas que operan con criptomonedas para terceros. Entre ellos figuran las plataformas de compra, venta y custodia.

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La Resolución General 1172/2026 reordena y precisa ese régimen. La CNV lo ajustó a partir de la experiencia práctica desde su creación en 2024. La medida forma parte de un proceso de simplificación iniciado en 2024.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, habló de una revisión integral. Según el texto oficial, el objetivo es eliminar trabas, agilizar la operatoria y alinear la normativa con tendencias internacionales.

La resolución mantiene obligaciones vigentes, como la inscripción previa y la separación de activos de clientes y propios.

La CNV también precisó los procedimientos para que los PSAV inscriptos amplíen actividades o cambien su denominación social. Si una plataforma cesa su actividad, debe avisar a sus clientes con al menos 30 días corridos de anticipación.

¿Qué cambia para quienes compran y venden criptomonedas en Argentina?

Según la CNV, las modificaciones no alteran la operatoria diaria de quienes compran y venden criptomonedas. El cambio más visible es un régimen informativo mensual que empieza el 1 de noviembre de 2026.

  • Las plataformas deberán informar la cantidad de clientes, diferenciados entre personas humanas y jurídicas.
  • También deberán reportar el volumen en dólares, los diez activos más negociados y los saldos bajo custodia.
  • El plazo es de 15 días corridos tras cerrar cada mes. La resolución incorpora además un instructivo específico para homogeneizar la presentación de los datos.

La norma también prohíbe ofrecer mezcladores o tumblers, herramientas que dificultan rastrear el origen y destino de las transacciones. Además, incorpora definiciones de Bitcoin (BTC), USDT y USDC.

La CNV sostiene que el objetivo es mejorar la supervisión de las plataformas y la claridad del marco regulatorio.

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